Uno de los temas que más conflictos generan en las comunidades de propietarios es el que atañe a los elementos comunes y su convivencia con lo privado. ¿Privativo o comunitario?
Comunidades de Propietarios: ¿Privativo o comunitario?

En la actualidad es común encontrar contratos de alquiler de renta antigua a los que es de aplicación la ley de arrendamientos urbanos de 1964. Se trata de una prórroga forzosa del arrendamiento para el arrendador, quedando supeditada a la voluntad del inquilino, quien podía, y aún puede, prorrogar aquel arrendamiento sin posibilidad de oposición si bien con excepciones.
Las comunidades de propietarios y los propietarios de edificios, con o sin empleados, están obligados a cumplir con el Real Decreto 171/2004, donde se expone la obligatoriedad que tiene el empresario titular en cuanto a la comunicación e información sobre los riesgos, las medidas preventivas y las medidas de emergencia a considerar en el edificio para aquellas empresas externas que presten servicios dentro de la finca (empresas de mantenimiento de ascensores, instaladores, pintores, limpieza,…).